Accionistas de Banco Popular, ¿qué puedo reclamar?
Más de 300.000 accionistas de Banco Popular han perdido la totalidad de su inversión con la declaración de inviabilidad de la entidad y su posterior adquisición por parte de Banco Santander. Se trata de clientes minoristas que depositaron todos sus ahorros en este producto guiándose por la relación de confianza que tenían con su banco de toda la vida.
Del conjunto de los accionistas afectados, podemos distinguir dos grupos: los que adquirieron sus acciones el año 2016, en el marco de la última ampliación de capital que Banco Popular hizo antes de su resolución definitiva, y los accionistas de emisiones anteriores. Todos ellos pueden interponer una reclamación contra el Banco Popular.
A ambos tipos de accionistas corresponde invitarlos a ejercer sus derechos judicialmente para recuperar el valor de su inversión, dado que ya son numerosas las sentencias que condenan a Banco Popular por irregularidades y falta de información. Más aún, después de que se conociera el pasado mes de junio un informe emitido por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en el que consideraba que la cúpula directiva de Banco Popular falseó las cuentas correspondientes al ejercicio 2016 para ofrecer una falsa imagen de solidez financiera de la entidad. Este falseamiento, según el informe, conllevaría la comisión de un delito de fraude contra los inversores, lo que según la legislación vigente ampara nuestro derecho a recuperar el dinero de las acciones, tal como sucedió, por ejemplo, con los accionistas de Bankia que se encontraron en una situación análoga a la de los afectados por Banco Popular.
¿Qué puedo reclamar?
Los accionistas de Banco Popular podrán solicitar judicialmente la nulidad de las órdenes de suscripción de las acciones de la entidad y, subsidiariamente, la reclamación de daños y perjuicios, con la consiguiente devolución del capital invertido más los intereses legales y las custodias (comisiones de mantenimiento).
A estas dos acciones que pueden ejercer judicialmente los accionistas, hay que añadir la acción por falsedad en el folleto de emisión. Una acción reservada a los afectados que adquirieron sus acciones en la última ampliación de capital (2016) y contempla la reclamación de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de informaciones falsas u omisiones de datos relevantes en el folleto que se les entregó antes de adquirir las acciones.
Hay que añadir que para ejercer estas acciones, los afectados no deben haber aceptado los bonos de fidelización ofrecidos por Banco Santander.
Llegados a este punto, corresponde invitar a las personas afectadas por la adquisición de acciones a ejercer sus derechos como consumidores de productos financieros y recuperar el valor de su inversión. Porque, si bien la compra de participaciones y acciones de una empresa conlleva el riesgo de sufrir pérdidas, este hecho no justifica que, si hemos sido víctimas de un engaño, como parece que lo han sido los accionistas de Banco Popular, no tengamos derecho a reclamar nuestro dinero, más aún cuando ha quedado demostrado que la entidad ofreció de manera fraudulenta una falsa imagen de solvencia y seguridad.